Llegado a este momento sin retorno,
existen varias formas de homenajear
a tu
mascota. Puedes llevarla siempre en tu recuerdo para
que los momentos de felicidad que transcurrieron junto a ella no
caigan en el olvido. Pero también puedes dedicarle a tu animal de
compañía un lugar muy especial.
Existen empresas dedicadas en
exclusiva a prestar servicios muy particulares cuando a nuestro
compañero le llega la hora. El
respeto y el amor
al mundo
animal son los argumentos que han llevado a crear determinadas
soluciones que pueden servir de utilidad para los desconsolados
dueños. Se trata de los
cementerios y crematorios para mascotas.
Un final digno
Al margen del enorme lazo de unión
que se genera entre un dueño y su
animal de compañía, debemos plantearnos la
incineración o el
entierro de nuestra
querida
mascota, no sólo como una forma de darle un final digno, sino
como una cuestión de salud pública que está recogida en la
normativa vigente. La
gestión de los cadáveres, sean del tipo que sea, de compañía o de
granja, queda articulada en la Ley 10/98 de Residuos, Reglamento de
Epizootias, de 1 de febrero de 1955, Real Decreto 2.224/1993 de 17
de diciembre, que deroga el RD. 845/1987 e incorpora a la normativa
española la Directiva 90/667/CEE y Directiva 92/118/CEE en vigor en
España, Decisión 449/96/CEE y Directiva 534/99.
Tradicionalmente, los
hornos crematorios han estado dedicados a prestar servicios a
los residuos cárnicos de mataderos y a los seres humanos fallecidos.
Esta nueva tendencia en el mundo de las mascotas está empujando a
mucha gente a entregar sus cadáveres a los veterinarios para que
éstos se deshagan de ellos de una forma más higiénica. No obstante,
hay quien prefiere guardar las cenizas de su fiel compañero o quien
opta por enterrarle en un cementerio para visitarle cuando desee.
¿Cementerio o
incineración?
La
cremación es la operación más recomendada puesto que elimina un
problema higiénico y sanitario. Con la incineración, tanto
humana como animal, se evitan posibles focos de infección,
envenenamiento de aguas, etc. Tras la muerte del animal, el dueño
debe ponerse en contacto con alguna empresa especializada, centro
veterinario o centros de acogida para entregar el cadáver. El animal
se congela para evitar su putrefacción mientras se espera a que
vengan a recogerlo para su cremación.
Las posibilidades son innumerables
puesto que podemos dejar la gestión en manos de nuestro veterinario
si la mascota se destina a una
cremación comunitaria -previo pago de la cantidad
estipulada por el servicio-, pero también podemos acudir
personalmente a una empresa profesional o llamar para que recojan
los restos de nuestro animal y luego nos devuelvan sus cenizas en
una pequeña urna.
En cuanto al enterramiento, señalar
que existen instalaciones
especiales y perfectamente acordes con la ley que procuran
al animal de compañía un lugar de descanso para toda la vida, dando
la posibilidad al dueño de que vaya a visitar la tumba de su
adorable compañero. Esta opción es mucho más acertada que la
costumbre que tienen muchos amos de enterrar por su cuenta en
cualquier lugar el cadáver de su mascota, poniendo en peligro el
medio ambiente.
Fuente
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